
Esta ayuda asociada voluntaria, establecida en el artículo 52 del Reglamento (UE) Nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, está destinada a los agricultores que produzcan tomates con destino a industria que cumplan los requisitos establecidos en Sección 7ª del Capítulo I del Título IV del Real Decreto
1075/2014 de 19 de diciembre.
La dotación presupuestaria para la campaña 2018 queda establecida en el Anexo II del Real Decreto 1075/2014 y asciende a 6.352.000 €.
En la presente campaña 2018, de acuerdo con lo establecido en el artículo 75.1 del Reglamento (UE) 1306/2013 el FEGA ha verificado de manera provisional el respeto a los límites presupuestarios en base al dato comunicado por las comunidades autónomas correspondiente a la superficie solicitada bajo el citado régimen de ayuda declarado en la solicitud única, con objeto de poder abonar a los agricultores el pago del anticipo.
Respecto la campaña 2018, el número de hectáreas solicitadas comunicadas por las comunidades autónomas asciende a 30.886,56 hectáreas, según se desglosa a continuación por comunidades autónomas, lo que supone que el importe unitario provisional de la ayuda queda fijado en 205,591729 €/ha.